31 de enero de 2008
LA SALLE; ULTIMAS NOTICIAS: La legislatura proyecta darle PROTECCION ESTRUCTURAL al Colegio.
29 de enero de 2008
Relevo fotográfico de Basta de demoler
Los invitamos a mirar este relevo fotográfico
INMINENTE DEMOLICION EN EL TIGRE: Los vecinos se oponen
La Quinta Cobo-Anchorena, mas conocida como "La sede", construida en 1879 es uno de los casos más representativos de la arquitectura Italianizante en la zona.

Siendo totalmente factible la restauración, preservación y refuncionalización del edificio; los vecinos realizaron un abrazo simbólico al edificio el pasado 22 de Diciembre, al que concurrieron apróximadamente 200 personas, en un marco de orden y respeto.

23 de enero de 2008
OPERACION LA SALLE: Alumnos y ex alumnos intentan impedir que se convierta en "Hotel 5 estrellas"
Los ex alumnos recibieron el apoyo de estos organismos y comenzaron a delinear estrategias para frenar el proyecto del Hotel cinco estrellas en el La Salle.

Esta semana hubo gran repercusión en los medios y el oficialismo porteño presentó un proyecto de ley para protegerlo. (http://www.lanacion.com.ar/cultura/nota.asp?nota_id=981103).
La diputada Teresa Anchorena, de la Coalición Civica, aclaró que "El La Salle ya está protegido. Cuando hay una catalogación en trámite, el Ejecutivo no puede aprobar ningún proyecto posterior de demolición o de construcción hasta no resolver primero el pedido anterior. Además, el edificio está en el listado de edificios representativos de la ciudad, y por ello para ser aprobado el proyecto debe pasar por el Consejo Asesor de Asuntos Patrimoniales, algo que todavía no sucedió"
En los diarios se pudo ver la movilización de gran parte de la Comunidad Lasallana, cartas de lectores en repudio (http://www.lanacion.com.ar/opinion/nota.asp?nota_id=981637): "A quien corresponda, no destruyan. No se trata sólo del patrimonio arquitectónico de la ciudad; se trata del patrimonio humano. No destruyan borrando de nuestros recuerdos los mejores años de nuestras vidas. " Que siem tus temps ligatz amale («que siempre estemos unidos y seamos fuertes»)."
Sin embargo las autoridades informaron ayer, en una conferencia de prensa organizada exclusivamente para este fin, que una buena parte de las instalaciones (más de la mitad) será concesionada para construir un centro cultural y de convenciones, oficinas y el sector de hotelería, dijo ayer el superior de la provincia lasallana en la Argentina, hermano Carlos Albornoz. Y señaló que, en caso de aprobarse alguno de los proyectos de ley que impulsan la catalogación del edificio con nivel de protección estructural, las autoridades mantendrán el emprendimiento teniendo en cuenta los requerimientos que le impondría esa medida.
22 de enero de 2008
Tucumán no se vende!!!!!!!
La Legislatura de la Provincia, el pasado 20 de diciembre sancionó dos leyes que habilitan la venta de edificios de alto valor patrimonial, quitándoles la protección que, por su importancia, tenían.
En lugar de esos edificios centenarios planean hacer centro comerciales y de viviendas según el caso.
Los vecinos, el Colegio de Arquitectos y otras organizaciones han presentado un recurso de amparo y ahora la decisión está en manos de la Justicia.
Desde aquí les brindamos nuestro apoyo y nos ponemos a su disposición.
Nota en La Nación http://www.lanacion.com.ar/cultura/nota.asp?nota_id=980759

Defensa del Picadero

Diciembre
-sábado 1: el guionista Alejandro Machado alerta a “Basta de demoler” sobre el cartel de obra que anuncia la demolición del edificio.
-jueves 6: Basta de demoler presenta un recurso de amparo ante la justicia para frenar la demolición, aduciendo el valor patrimonial (arquitectónico, histórico y simbólico), y exhortando al cumplimiento de la Ley 14800 de promoción del Teatro (“donde se demuela un teatro, se debe construir una sala de similares características”).
Sale en Clarín una carta de lectores firmada por Tito Cossa .
-viernes 7: paralelamente, BdeD se comunica con actores y autores y se organiza una manifestación frente a las puertas del Picadero. Allí estuvieron Tito Cossa, Mirta Busnelli, Pacho O´Donnel, Cipe Linkovsky, entre otros. El diputado y actor Héctor Bidonde lee la declaración de repudio de la Legislatura por la demolición.
Ver repercusión en los medios:
http://www.clarin.com/diario/2007/12/07/laciudad/h-05004.htm
-lunes 10: La justicia dió lugar al recurso de amparo, prohibiendo la demolición hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo.
http://www.lanacion.com.ar/entretenimientos/nota.asp?nota_id=970104
http://www.pagina12.com.ar/diario/suplementos/m2/10-1336-2007-12-15.html
-viernes 14: La empresa constructora “D-Buenos Aires” convocó a una reunión para conversar.
A esta reunión asistieron el Presidente de la empresa, su abogado, un arquitecto del Estudio Mario Roberto Alvarez y Basta de demoler junto a Mirta Busnelli y Graciela Dufau.
También aclaró tener permiso de demolición otorgado por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y toda la documentación en regla.
-El Gobierno de la Ciudad (Subsecretaría de Patrimonio Cultural) informa a la justicia que El Picadero “tiene un alto valor patrimonial, por sus características arquitectónicas, históricas y su significado simbólico, por lo cual aconseja su preservación”.
-En la Legislatura el dip. De Filippo presenta un pedido de catalogación y la declaración del Picadero como “Sitio histórico”.
-viernes 21: BdeD se reunió con Josefina Delgado, subsecretaria de Patrimonio Cultural, quien manifestó el interés de ese organismo para accionar a favor de la preservación del Teatro.
Teatro Del Picadero: Paredes que supieron contener al ciclo "Teatro Abierto" en tiempos violentos.
Teatro Abierto fue un movimiento de artistas teatrales de Buenos Aires que surgió en 1981 bajo el régimen militar y desapareció en 1985. Se inauguró en julio de 1981 en el Teatro del Picadero, y desde la primera función provocó una convocatoria de público inusual para aquella época de represión
Las funciones se realizaban en un horario insólito, a las 6 de la tarde, y el precio de la entrada equivalía a la mitad del costo de una localidad de cine y se exhibieron obras de Aída Bortnik, Tito Cossa, Griselda Gambaro, Carlos Gorostiza, Eduardo Pavlovsky y Osvaldo Dragún, entre otros dramaturgos.
El martes 28 de julio de 1981, a las18.00, el actor Jorge Rivera López, presidente de la Asociación Argentina de Actores por aquel entonces, inauguró Teatro Abierto con la lectura de este texto escrito por el dramaturgo Carlos Somigliana.
"Porque queremos demostrar la existencia y vitalidad del teatro argentino tantas veces negada;
porque siendo el teatro un fenómeno cultural eminentemente social y comunitario, intentamos mediante la alta calidad de los espectáculos y el bajo precio de las localidades, recuperar a un público masivo;
porque sentimos que todos juntos somos más que la suma de cada uno de nosotros;
porque pretendemos ejercitar en forma adulta y responsable nuestro derecho a la libertad de opinión;
porque necesitamos encontrar nuevas formas de expresión que nos liberen de esquemas chatamente mercantilistas;
porque anhelamos que nuestra fraternal solidaridad sea más importante que nuestras individualidades competitivas;
porque amamos dolorosamente a nuestro país y éste es el único homenaje que sabemos hacerle;
porque, por encima de todas las razones nos sentimos felices de estar juntos."
Este espacio cultural sufrió un atentado con bombas incendiarias que destruyeron por completo la sala, durante el gobierno de facto de Viola.
Teatro Abierto pudo continuar en el Teatro Tabarís, la más comercial de todas las salas de la calle Corrientes y con el doble de capacidad que el Teatro del Picadero. El ciclo se desarrolló a teatro lleno y con un entusiasmo del público que iba más alla del fenomeno teatral. Fue así que se convirtió en hito, en señal de referencia.
Lázaro Droznes alquiló la sala en 1986 e instaló allí un estudio de televisión. Adquirió el Picadero, en 1991, y en julio de 2001, la sala reabrió bajo la dirección artística de Hugo Midón. Pero esa gestión fue un fracaso y la sala cerró al poco tiempo.
Un día cualquiera algún porteño nada distraido vió el cartel de demolición y avisó al grupo "Basta de demoler", quien se presento la justicia y la justicia fallo:
"Se ordena al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que adopte las medidas necesarias para suspender o, en su caso, impedir las tareas de demolición del inmueble sito en Pasaje Enrique Santos Discépolo 1847", fija el fallo judicial.
20 de enero de 2008
El Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad de Bs As explica detalladamente el Procedimiento para proteger edificios de valor patrimonial
Nota: La presente constituye una breve reseña del procedimiento para la protección de los edificios con valor patrimonial. Ante cualquier consulta o información adicional, puede Ud. contactarse con la siguiente dirección de correo electrónico: glye_sc@buenosaires.gov.ar
1.- ¿Cómo se protege de una demolición a los edificios con valores patrimoniales de la Ciudad?
A través de la catalogación. Esto significa que los edificios que se encuentran catalogados es decir, incluidos dentro del catalogo del Código de Planeamiento Urbano de la Ciudad, tienen limitaciones para ser modificados, variando el grado de las mismas, según el nivel que se le haya asignado (integral,estructural o cautelar).
2.- ¿Qué significa que un edificio tenga valores patrimoniales?
Los valores patrimoniales, para la normativa de protección del Patrimonio Cultural, refieren a caracteres históricos, arquitectónicos, simbólicos y/o ambientales que hacen al inmueble merecedor de una protección especial.
3.- ¿Qué es un APH?
Significa “Área de Protección Histórica”. Es un distrito del Código de Planeamiento Urbano de la Ciudad que establece normas especiales para todos los edificios y su entorno dentro de un espacio determinado. Consiste en un polígono con delimitaciones precisas en donde se establecen pautas que protegen todos los ámbitos y edificios en el mismo.
4.- ¿Qué ley protege a los edificios históricos o con valores patrimoniales de la Ciudad?
La Ley 449, es decir el Código de Planeamiento Urbano de la Ciudad.
5.- ¿Pero la ley que protege a los edificios no es la Ley 1227 de Patrimonio Cultural?
No, la ley 1227 no protege a los edificios de la demolición por sí misma; solo posibilita al Ministerio de Cultura la propuesta del proyecto de ley de catalogación.
6.- ¿Quienes pueden impulsar el proyecto de catalogación de un edificio o la creación de un APH?
Todos los que posean iniciativa legislativa de acuerdo con la Constitución de la Ciudad, a saber:
Los 60 diputados de la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires
El Jefe de Gobierno
El Defensor del Pueblo
Las Comunas, por iniciativa popular: con la firma de 1,5 % del padrón electoral,
El Consejo de Planeamiento Estratégico.
7.- ¿Puede cualquier ciudadano pedir la catalogación de un inmueble?
Sí, cualquier ciudadano puede solicitar la catalogación a cualquier Legislador de la Ciudad para que se inicie un proyecto de ley; o bien puede presentar su solicitud al Poder Ejecutivo a fin que, a través de los órganos competentes, se prepare un proyecto de ley conjuntamente con los informes técnicos respectivos. Luego el Jefe de Gobierno podrá hacer ejercicio de la iniciativa legislativa para que la Legislatura de la Ciudad trate el proyecto.
8.- ¿Qué se requiere para poder impulsar el trámite de catalogación de un edificio?
Dado que la catalogación significará una restricción al dominio del particular y al mismo tiempo una herramienta del planeamiento urbano de la Ciudad, ésta debe tener razonabilidad y proporcionalidad, por lo tanto debe estar fundada en estudios técnicos que avalen la misma para ser obligatoria.
9.- ¿Qué áreas del Poder Ejecutivo tienen iniciativa legislativa para proponer un inmueble a catalogar o crear APH?
El Ministerio de Planeamiento y Obras Públicas, como Autoridad de Aplicación del Código de Planeamiento Urbano para catalogaciones y APH, El Ministerio de Cultura solo puede impulsar catalogaciones de edificios.
10.- ¿Cómo funcionan esas limitaciones sobre los edificios particulares?
Jurídicamente se trata de “Límites y Restricciones al Dominio”, y corresponden al derecho administrativo. Por lo tanto la catalogación no es indemnizable. Vale decir, el particular debe soportar la nueva restricción y limite a su derecho de propiedad en razón del interés público y como el ejercicio normal de su derecho.
11.- ¿Qué beneficios tiene un edificio catalogado?
Como compensación a la carga que significa la obligación de preservar los edificios catalogados, los dueños pueden obtener por ejemplo, descuentos de hasta el 100% en ABL, desgravación total de los derechos de“Delimitación y Construcción”, exención del revalúo por 5 años, subsidios para la restauración y también créditos a tasa preferencial para intervenciones que mejoren el inmueble.
12.- ¿Cómo se cataloga un edificio?
Exclusivamente a través de una Ley de la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires. Dicha ley incluirá el inmueble en el catalogo o la nueva APH en la zonificación del Código de Planeamiento Urbano.
13.- ¿Por qué se tarda tanto en catalogar un edificio?
Porque el procedimiento establecido por la Constitución de la Ciudad requiere un trámite de“doble lectura”, esto implica la sanción de dos leyes. En primer lugar se sanciona una “Ley de Aprobación Inicial”, luego se llama a una “Audiencia Pública” y posteriormente se dicta una “Ley de Aprobación Final”, en caso de que así lo considere la Legislatura.
14.- ¿Que es una inhibición de parcela y cuando procede?
El Código de Planeamiento Urbano establece que cuando existe un proyecto de ley de catalogación, debe modificarse preventivamente el catalogo a fin de evitar que, estando en tramite dicho proyecto, el particular pueda lograr la aprobación de un plano de demolición y/o de obra nueva sobre el edificio, frustrando así la intención del proyecto de ley de catalogación.
15.- ¿Cuándo puede pedirse la inhibición de parcela?
Solamente cuando existe un proyecto de ley de catalogación o APH.
16.- ¿Quién y como se dicta la inhibición de parcela?
La Subsecretaría de Planeamiento dependiente del Ministerio de Planeamiento y Obras Públicas, es quien tiene facultad de dictar la inhibición de parcela. Se dicta a través de una Resolución de la misma.
17.- ¿Puede dictar la inhibición de parcela el Ministerio de Cultura?
No, ya que su competencia en la materia solo emana de la Ley 1227, y esta Ley solo le otorga facultades para proponer catalogaciones. El resto de las facultades del Código de Planeamiento Urbano, están reservadas a la Autoridad de Aplicación del mismo, es decir al Ministerio de Planeamiento y Obras Públicas.
18.- ¿Porque las competencias están repartidas de esa forma?
Las competencias se distribuyen en función de las normas que estructuran la organización funcional del Poder Ejecutivo, es por ello que, en virtud de que la ley en cuestión es el Código de Planeamiento Urbano y su Autoridad de Aplicación es el Ministerio de Planeamiento y Obras Públicas, ha resultado oportuno concentrar en ese organismo la mayor cantidad de acciones y funciones administrativas que, por razones de unidad temática, pueda ejercer con mayor grado de éxito, evitando de este modo la superposición de incumbencias; todo sin perjuicio de las excepciones que para el mejor cumplimiento de la ley puedan autorizarse.
19.- ¿Qué sucede si un particular solicita la aprobación de un plano de demolición sobre un edificio con valor patrimonial que no se encuentre catalogado?
Para que un edificio tenga protección legal debe estar catalogado, dentro de un APH o con un trámite de catalogación con inhibición de parcela. Los valores patrimoniales deben estar reconocidos por la ley o el proyecto de ley antes de la aprobación del plano de demolición y/o de obra nueva, ya que de otro modo el particular tendría derechos adquiridos que no podrán negarse por un proyecto de catalogación posterior.
BIENVENIDO 2008 A BASTA DE DEMOLER!:

La provincia de Tucumán se alza al grito de "Tucumán no se vende"(http://tucumannosevende.blogspot.com/) y gente de ese grupo de vencinos se ha contactado con nosotros para que tomemos conocimiento de lo que pasa: